jueves, 14 de abril de 2016

Glosario

Arma aturdidora: son las que se abastecen de electricidad para producir daño o control.

Atrofia Cortical: es un trastorno degenerativo raro clínicamente distinto de la enfermedad de Alzheimer.

Axonal difuso: es una lesión grave que afecta a la materia blanca del cerebro y provoca pérdida de conciencia con distinto pronóstico.

Correctivo: Castigo que se aplica para corregir una falta o delito.

Cognoscitivo: es aquello que pertenece o que está relacionado al conocimiento.

Derecho: conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento está prevista de una sanción judicial.

Difamación: está constituida por palabras habladas o publicaciones escritas falsas y no confidenciales, que exponen a cualquier persona viviente al odio, desprecio, ridículo, o que dan lugar a que se les rehúya o evite, o que tienen tendencia a dañarla en su comercio u ocupación.

Embarazos Ectópicos: es un embarazo que se desarrolla fuera del útero, usualmente, en las trompas de Falopio, ésta situación es amenazante para la vida de las mujeres, puesto que, a medida que el embarazo crece las trompas podrían llegar a explotar.

Extracción dental: es un procedimiento para extraer un diente de la encía.

Gingivitis: es una inflamación de los tejidos de las encías que rodean los dientes

Hostilidad: implica una conducta abusiva y agresiva que puede reflejarse en violencia emocional o física, de mano de una sola persona.

Interdependencia: permite designar la dependencia recíproca, es decir, mutua, que existe entre dos cuestiones, variables, personas entre otras cosas.

Inalienable: algo que no se puede enajenar, es decir, cuyo dominio no se puede pasar o trasmitir de un individuo a otro.

Privación de Libertad: es la acción consistente en despojar a alguien de su libertad ambulatoria, recluyéndola sin tener en cuenta su voluntad, en un edificio cerrado destinado a tal efecto.

Protocolo de Estambul: es una guía que contiene las líneas básicas con estándares internacionales en derechos humanos para la valoración médica y psicológica de una persona que se presuma o haya sido víctima de tortura o algún mal trato.

Racismo: es una forma de discriminación centrada en diferencias biológicas, reales o imaginarias, que se hacen extensivas a signos culturales.

Segregación: es el acto de separar y generar dentro de los grupos sociales que conforman una comunidad.

Seguridad Social: es un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales que, de no resolverse.

Seguridad Jurídica: es la garantía dada al individuo, por el Estado, de que su persona, sus bienes y sus derechos no serán violentados o que, si esto llegará a producirse, le serán asegurados por la sociedad, protección y reparación.

Sodomía: es un término de origen religioso que hace referencia a determinado comportamientos sexuales.

Violación: se define como una la relación sexual forzada con una persona que no ha dado su consentimiento. Puede involucrar fuerza física o amenaza de fuerza.


martes, 5 de abril de 2016

Los Derechos de los Niños


La Convención de los Derechos del Niño forma parte de los instrumentos internacionales jurídicamente vinculantes que garantizan y protegen los Derechos Humanos. El objetivo de la Convención, adoptada en 1989, es proteger los derechos de todos los niños del mundo.


La Convención de los Derechos Del Niño de 1989 define el término “Niño” de forma más precisa:

“Un niño es todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”.
El niño, al estar en proceso de crecimiento, no cuenta con los medios ni las herramientas necesarias para protegerse a sí mismo.

El niño, debe ser objeto de una atención especial y una protección específica. Bajo estas premisas han sido adoptados acuerdos que proclaman la protección del niño y sus derechos.

¿Qué son los Derechos de los Niños?
Los derechos del niño son derechos humanos, es decir que buscan proteger a los niños como los seres humanos que son. Por tratarse de derechos humanos, los derechos de los infantiles están constituidos por garantías fundamentales y derechos humanos esenciales.

Derechos de los niños son los siguientes:

Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se proteja su vida, su supervivencia, su dignidad y a que se garantice su desarrollo integral. No pueden ser privados de la vida bajo ninguna circunstancia.

Derecho a la identidad
Niñas, niños y adolescentes deben contar con nombre y apellidos, ser inscritos en el registro civil de forma inmediata y gratuita, y se les deberá expedir en forma ágil y sin costo la primera copia certificada de su acta de nacimiento. Siempre que se solicite un cambio de apellidos, tendrán derecho a opinar y a ser tomados en cuenta. Deberán contar con nacionalidad; en la medida de lo posible conocer su origen, a efecto de preservar su identidad, pertenencia cultura y relaciones familiares.

Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social.
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud, así como a su seguridad social, que permita hacer efectivo su derecho de prioridad, su interés superior, igualdad sustantiva y no discriminación.

Derecho a vivir en familia
Todas las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a vivir en una familia y no podrán ser separados de ella por falta de recursos para su subsistencia, tampoco podrán ser separados de las personas que los tengan bajo su guarda y custodia, sino por orden de autoridad competente. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a convivir con su madre y padre, así como con las familias de aquéllos (incluso cuando algún integrante se encuentre privado de su libertad) en un ambiente libre de violencia, excepto cuando ese derecho sea limitado por autoridad competente en atención a su interés superior.


Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso

Niñas, niños y adolescentes gozan de los derechos y garantías de seguridad jurídica y debido proceso establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y demás disposiciones aplicables.
Se deberá garantizar la protección y prevalencia del interés superior de la niñez de conformidad con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y grado de madurez.

Derecho a la educación

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos atendiendo a sus propias necesidades, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás ordenamientos aplicables.


Derecho de acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal.

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir una vida libre de toda forma de violencia y a que se resguarde su integridad personal, a fin de lograr las mejores condiciones de bienestar y el libre desarrollo de su personalidad.

Derecho a no ser discriminado

Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a un trato igualitario, nadie puede limitar o restringir sus derechos por su origen étnico, nacional o social, idioma o lengua, edad, género, preferencia sexual, estado civil, religión, opinión, condición económica, circunstancias de nacimiento, discapacidad o estado de salud o cualquier otra condición atribuible a ellos mismos o a su madre, padre, tutor o persona que los tenga bajo guarda y custodia, o a otros miembros de su familia.


Los derechos del Niño son derechos humanos específicamente adaptados pues toman en cuenta la fragilidad, las necesidades propias de la edad de los niños.
Los niños deben ser apoyados, asistidos y protegidos contra la explotación laboral, el secuestro, se les debe brindar el tratamiento adecuado para enfermedades entre otras cosas.



Fuentes bibliográficas:
http://www.humanium.org/es/definicion/
http://www.humanium.org/es/convencion-definicion/
http://www.cndh.org.mx/Ninos_Derechos_Humanos
http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CRC.aspx

lunes, 4 de abril de 2016

El Aborto


En la actualidad hablar del aborto es un tema importante ya que en la sociedad actual se debate mucho acerca de su legalidad o no.
Primero que nada es importante saber todo acerca del aborto, los tipos de abortos que existen, las consecuencias a las que conllevan a la mujer a realizar este acto.

Definición de aborto.

El aborto se entiende por toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir.

Tipos de abortos:

Aborto inducido
Es la interrupción activa del desarrollo vital del embrión o feto hasta las 22 semanas del embarazo. Puede tratarse de un aborto terapéutico (o  aborto directo) cuando se realiza desde razones médicas, cuando se realiza por decisión de la mujer embarazada.

Aborto espontáneo
El aborto espontaneo o aborto natural es aquel que no es provocado intencionalmente, como problemas de salud de la madre o el padre que pueden ser enfermedades de transmisión sexual, alcoholismo, diabetes, hipertensión, infecciones, etc. 

El aborto terapéutico 
Es aquel que está justificado con razones médicas y da la autorización para que éste se produzca, se pueden dar en distintas situaciones. La primera es para salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo para su vida o para salvar la salud física o mental de la madre, cuando éstas amenazan el embarazo o el parto.

El aborto electivo o ético
Se produce cuando el embarazo es fruto de una violación o cuando se ha hecho una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre. 

Consecuencias Físicas
  • Esterilidad. 
  • Abortos espontáneos. 
  • Embarazos ectópicos. 
  • Nacimientos de niños muertos. 
  • Trastornos menstruales. 
  •  Hemorragia. 
  • Infecciones. 

Trastornos emocionales
  •   Llanto/ Suspiros. 
  • Insomnio.
  • Pérdida de apetito.
  • Pérdida de peso. 
  • Agotamiento. 
  •      Nerviosismo. 

·       Efectos Psicológicos
  • Culpabilidad. 
  • Impulsos suicidas. 
  •  Sentimiento de luto. 
  • Pesar y remordimiento. 
  • Retraimiento. 
  • Perdida de confianza en la capacidad de toma de decisiones. 
  • Inferior autoestima.
  •   Hostilidad.
  •  Conducta autodestructiva. 

El aborto es un supuesto acto “correctivo” donde se pretende enmendar un error que se ha cometido por una irresponsabilidad. La pareja involucrada no se protegió correctamente o decidió abstenerse de haber tenido relaciones sexuales, y no por esa irresponsabilidad otro ser humano tiene que pagar los platos rotos.

 Argumentos a favor del aborto: 
  • El embarazo es resultado de una violación.
  • El aborto es provocado accidentalmente (o, como dice la ley, de manera "imprudencial".
  • El embarazo pone en riesgo la vida de la mujer.
  • El producto tiene malformaciones genéticas graves. 

Argumentos en contra del aborto:
  • A partir de la fecundación del ovalo y el espermatozoide ya se considera una vida ya que el embrión tiene supervivencia.
  • El aborto es un acto que puede llegar a ocasionar grandes problemas psicológicos en la mujer.
  • Apoyar el aborto seria darle una solución rápida a la irresponsabilidad de la sociedad.
  • La mujer que decide realizar un aborto está expuesta a llegar a tener complicaciones en este procedimiento y perder su vida.


Uno de los motivos sobre el aborto es cuando dicen que el bebé tiene derecho a la vida, tiene derecho de ser protegido como ser indefenso, porque es cruel matarlo, en lugar de quitarle la vida hay posibilidades en darlos en adopción si no es un hijo deseado y por consiguiente pueden brindarle oportunidad a los padre que no pueden tener hijos biológicamente se puede evitar o prevenir el aborto.




Fuentes Bibliográficas:

http://www.taringa.net/posts/femme/2085782/Todo-Sobre-el-Aborto-Una-Pena.html
http://profamilia.org.co/aborto/que-es-el-aborto/
http://www.embarazoinesperado.com/consecuencias.htm
http://elcerebrohabla.com/2011/01/26/en-contra-del-aborto/


domingo, 3 de abril de 2016

Discriminación por raza



Discriminar
Es dar trato de inferioridad a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.

¿Qué es la discriminación por raza?

La discriminación por raza consiste en tratar a una persona de manera no favorable por ser de una determinada raza o por características personales, por ejemplo como la textura del cabello, el color de la piel o por estar casada o asociada con una persona de raza.


En el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice, queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Discriminación por raza/color y situaciones laborales
La ley prohíbe la discriminación cuando se trata de cualquier aspecto del empleo, como la contratación, el despido, la remuneración, las asignaciones laborales, los ascensos, el despido temporal, la capacitación, los beneficios complementarios y cualquier otro término o condición de empleo.

Discriminación por raza/color y acoso
Es ilegal acosar a una persona por la raza o el color de esa persona.
El acoso puede incluir, por ejemplo, difamaciones raciales, comentarios ofensivos o despectivos sobre la raza o el color de una persona, o la exhibición de símbolos ofensivos de índole racial. 
El color de piel, es una cualidad, una variante de las personas, pero no hace más personas el ser blanco, o de menor dignidad por ser africano. Nadie puede elegir el color de piel o a que raza pertenecer; lo importante es que somos personas y debemos tratarnos por igual.
La única identidad civilizada que de veras cuenta es la identidad humana. Lo que nos hace humanos es el trato humano.

"Yo no soy racista. Estoy en contra de toda forma de racismo y segregación, toda forma de discriminación. Yo creo en los seres humanos, y que todos los seres humanos deben ser respetados como tales, independientemente de su color." (Malcolm X).






Fuentes Bibliográficas:
http://www1.eeoc.gov/spanish/laws/types/race_color.cfm?renderforprint=1
http://nodiscrimine.blogspot.mx/2008/06/discriminacin-por-raza-o-color.html






La Tortura en los Derechos Humanos


La Tortura

La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes, define la tortura como todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores  o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener o de un tercero información o una confesión, de castigar por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras , o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento.



En la actualidad la tortura se utiliza predominantemente desde la detención y hasta la puesta a disposición de la persona detenida ante la autoridad judicial, y con motivo de castigar y extraer confesiones o información discriminatoria.
Como ocurre con todos los abusos contra los derechos humanos, si eres pobre o perteneces a un grupo sometido a discriminación, tienes más posibilidades de sufrir torturas y menos recursos para defenderte. 

Tipos de Tortura según el Protocolo Estambul :


Tortura sexual, incluida la violación

La tortura sexual empieza por la desnudez forzada, que en muchos países es un factor constante en las situaciones de tortura. La persona nunca es tan vulnerable como cuando se encuentra desnuda y desvalida. La desnudez aumenta el terror psicológico de todos los aspectos de la tortura pues abre siempre la posibilidad de malos tratos, violación o sodomía. Además, las amenazas verbales, los insultos y las burlas sexuales forman parte de la tortura sexual pues incrementan la humillación y sus aspectos degradantes, todo lo cual forma parte del procedimiento. Para la mujer el toqueteo es traumático en todos los casos y se considera tortura. 


Tortura por choques eléctricos

La corriente eléctrica se transmite a través de electrodos colocados en cualquier parte del cuerpo. La electricidad procede de un generador accionado a mano o por combustión, el tendido eléctrico doméstico, un arma aturdidora, una varilla eléctrica del ganado u otros dispositivos eléctricos.
Esta forma de tortura es muy feo, porque usan muchas veces agua y geles para aumentar la eficiencia de la tortura, para subir el voltaje de la energía en las cuales  son calambres que sufren las personas, contracciones musculares, puede dejar lo que son quemaduras, siento que es muy inhumano hacer estas cosas, hay manera para que se puedan a veces confesar y siendo autoridades no manejar ningún tipo de estas torturas.

Traumatismos craneales

Los golpes en la cabeza constituyen una de las formas más frecuentes de tortura. En casos de traumatismos craneales recurrentes, incluso si no siempre son de gran intensidad, puede esperarse una atrofia cortical y un daño axonal difuso. El estarle dando golpes fuertes  o  sufrir un golpe en la cabeza  es de gran  importancia puede causar convulsiones, fracturas en el cráneo, pérdida de conocimiento, inclusive puede causar la muerte de la personas.



La tortura dental

Puede consistir en rotura o extracción de dientes o aplicación de corrientes eléctricas a los dientes.
El resultado puede ser pérdidas o roturas de dientes, inflamación de las encías, hemorragias, dolor, gingivitis, estomatitis, fracturas de la mandíbula o pérdida de empastes de dientes.

Las victimas que fueron torturadas tienen el derecho a la reparación integral, tomar todas las medidas necesarias para prevenir y castigar severamente toda represalia contra víctimas que denuncien torturas o malos tratos, sus familiares, representantes y defensores de derechos humanos y garantizar la suspensión administrativa inmediata de todo funcionario sujeto a investigación por tortura y malos tratos entre otras cosas.


Fuentes bibliográficas